Descubre cuánto te corresponde de gratificación cada mes y al año, y si aplica el tope legal de 4.75 IMM según el Art. 47.
Ingresa tu sueldo y los meses trabajados para calcular tu gratificación
La gratificación legal es un beneficio obligatorio que los empleadores deben pagar a sus trabajadores cuando la empresa obtiene utilidades en el año. Está regulada por los artículos 46 al 49 del Código del Trabajo.
La modalidad más común en Chile es la del Art. 47, donde el empleador paga el 25% de lo devengado por el trabajador, con un tope máximo de 4.75 veces el Ingreso Mínimo Mensual (IMM) al año.
Depende de la modalidad que use tu empresa. Si la paga mensualmente, aparece incluida en tu liquidación de sueldo cada mes. Si la paga anualmente, debe pagarse antes del 30 de abril del año siguiente al año de utilidades, o al momento del finiquito si terminas antes. La modalidad mensual es la más común en Chile hoy en día.
No completamente. La obligación legal de gratificación existe solo cuando la empresa tiene utilidades. Sin embargo, si el empleador ya acordó pagar gratificación mensual (lo cual es casi universal hoy), está obligado a pagar ese monto independientemente de las utilidades. En la práctica, la mayoría de empresas pagan gratificación mensual sin condicionarla a utilidades.
La gratificación legal (Art. 47) es el mínimo que establece la ley: 25% del sueldo anual con tope de 4.75 IMM. La gratificación garantizada es un acuerdo entre empleador y trabajador (en el contrato individual o colectivo) que puede ser igual o mayor que el mínimo legal. Muchas empresas ofrecen gratificación garantizada mensual equivalente al tope legal ($197.917/mes con IMM $500.000).
Si la empresa paga gratificación mensual, normalmente ya la pagaste mes a mes y no hay deuda al término. Si la empresa la paga anualmente, debe incluir la gratificación proporcional en el finiquito por los meses trabajados en el año del término. Por ejemplo, si terminaste en junio, te corresponde 6/12 del año de gratificación.
Sí. La gratificación es una remuneración imponible, por lo tanto está sujeta a descuentos de AFP, salud y seguro de cesantía, igual que el sueldo base. También está afecta al impuesto único de segunda categoría según el tramo de ingresos del trabajador. El monto que recibes en tu cuenta es el líquido después de esos descuentos.
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